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CNE incluye en Reglamento para propaganda electoral en redes social

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El Consejo Nacional Electoral (CNE) incluyó en el Reglamento de Campaña la propaganda electoral en redes sociales para que las organizaciones políticas e indígenas postulantes puedan difundir sus mensajes de cara a las Parlamentarias del 6 de diciembre.

En la Gaceta Electoral 964 divulgada el pasado 26 de octubre, el órgano electoral establece en el capítulo II, artículo 11 que la contratación de propaganda electoral en redes sociales se podrá efectuar por parte de los postulantes.

Asimismo, reitera que la difusión de esos contenidos con fines políticos estará apegada a las directrices específicas que establezca el CNE.

También precisa que la propaganda tendrá cinco minutos diarios no acumulables, como tiempo máximo en la televisión de señal abierta nacional o regional.

En el caso de la televisión por suscripción serán cinco minutos diarios no acumulables, por cada canal incluido en su oferta total de canales, tal como lo establece el Reglamento.

Sobre la propaganda electoral en radio, el ente rector indica que serán 10 minutos diarios de difusión de mensajes de la campaña electoral por prestador de servicio.

La propaganda en periódicos impresos y digitales, podrá ser difundida en medios nacionales, regionales o locales. Si es un periódico formato estándar el espacio será de media página, y en formato tabloide, hasta una página diaria, no acumulable.

Para la prensa digital, el CNE establecerá los parámetros con el fin de promover el pluralismo e igualdad en las candidaturas, cita la Gaceta.

Además, las organizaciones políticas podrán contratar la difusión de hasta un mensaje de texto diario no acumulable a operadoras de telecomunicación cumpliendo con las normas previstas en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.

Las actividades de campaña iniciarán el martes 3 de noviembre hasta el 3 de diciembre a las 12:00 de la medianoche.