Proceso de plebiscito está contemplado en el artículo 71 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así lo aseguró el coordinador de la mesa de la unidad democrática en Lara, Macario González
Expresó que este referendo popular ha sido activado debido a la negativa del consejo nacional electoral de realizar un referendo consultivo para que sea el pueblo quien decida si quiere o no una Asamblea Nacional Constituyente.
Se refirió además al antejuicio de mérito que este martes inició el tribunal supremo de justicia sin la presencia de la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, considera que el diputado Pedro Carreño constitucionalmente no puede ejercer la función de participar en este proceso de antejuicio de mérito.
Informó que serán activados 1.708 centros para realizar el referendo popular que tendrá como propósito preguntar al electorado sobre la asamblea nacional constituyente, si están de acuerdo con la renovación de los poderes públicos, la actuación de la fuerza armada nacional bolivariana y la conformación de un gobierno de unidad.